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Alerta en caso sobre feminicidio de Zuleyma Zaret por proceder de juez de control

FUENTE: Contramuro Noticias en Michoacán / Destacadas /

Preocupación por el proceder del juez en el caso de feminicidio de Zuleyma Zaret, evidenciando posibles violaciones a derechos humanos.

Morelia, Michoacán.- La colectiva MAPAS y María del Pilar Serrano Acosta, madre de Zuleyma Zaret Contreras, víctima de feminicidio, alertaron sobre el proceder del juez de control, Fernando Sánchez Martínez, que atiende el caso.

En vísperas que este viernes se realice la audiencia intermedia sobre la Causa Penal 00654/2022, por el delito de feminicidio perpetrado por el presunto feminicida y, hasta hace poco, prófugo de la justicia Edgar N., la Colectiva y la madre de la víctima en rueda de prensa expusieron la preocupación por el actuar del juez, lo que ha propiciado que dirijan un oficio al presidente del Poder Judicial, Hugo Gama Coria al respecto.

El problema también, es que Hugo Gama ha mantenido desde su arribo a la presidencia del Poder Judicial una política de puertas cerradas, sin acceder hasta el momento a alguna reunión con colectivas.

Zuleyma Zaret desapareció el 15 de abril del 2022, y tras 28 días de búsqueda, fue localizada sin vida en Ucareo, municipio de Zinapécuaro, en Michoacán. En diciembre de 2024, Edgar N. fue detenido, extraditado y vinculado a proceso, pues estuvo prófugo de la justicia desde 2022 en Estados Unidos. Hoy día el caso se encuentra en la etapa intermedia.

“Nos preocupa la actitud que está tomando el juez, el día de ayer le entregamos al magistrado presidente un oficio donde le damos a conocer nuestras preocupaciones, pero también las violaciones que vemos que hay a los derechos humanos de la víctima directa, así como a los de las víctimas indirectas. Este oficio nos parece muy importante porque da también un marco de lo que está sucediendo en las audiencias”, refirió Sofía Blanco, integrante de la Colectiva Mapas.

En el oficio turnado a Hugo Gama, se señala la creciente preocupación, por “una gran cantidad de dilaciones imputables a los presuntos feminicidas y presuntos responsables de delitos que han atentado contra la vida, seguridad e integridad de mujeres, niñas y adolescentes; sin que al momento hayan sido sancionados éstos, sus defensores o los servidores públicos del Poder Judicial que los admiten”.

Apuntan que la familia de Zuleyma desde el primer día de su desaparición ha exigido que Edgar N. reciba una sentencia justa quitarte la vida por el sólo hecho de ser mujer.

“Al momento, la audiencia intermedia ha sido pospuesta en dos ocasiones. Inicialmente, se llevaría a cabo el 18 de septiembre de 2025, pero fue aplazada para el día 22 de octubre debido a que la defensa del presunto feminicida alegó que no había tenido acceso a las pruebas periciales señaladas en la carpeta; concretamente unos videos que supuestamente no puede visualizar por estar encriptados y con clave. Sin embargo, dichas pruebas fueron entregadas a la defensa desde el mes de diciembre de 2024, momento en que el presunto feminicida fue detenido.

“Además, es importante subrayar que es deber de la defensa contar con los medios idóneos para acceder a los archivos de audio y vídeo que se desprenden del trabajo de investigación de la Fiscalía. Alegando la falta de dichas pruebas, la defensa solicitó la reapertura de la etapa de investigación complementaria mediante oficio con fecha del 21 de octubre del 2025”.

Consignan que el Juez de Control, Fernando Sánchez fijó como nueva fecha de audiencia el viernes siete de noviembre a las 10:30 horas, con la finalidad de que la Fiscalía presente las pruebas que evidencien que entregó en tiempo y forma las referidas pruebas periciales a la defensa.

“Es la segunda ocasión en que el presunto feminicida cambia de defensa legal. Si bien sabemos que es derecho de las personas imputadas contar con una defensa y asesoría jurídica ‘adecuada’, así como designar a un nuevo defensor durante el transcurso del procedimiento, el mismo Código Nacional de Procedimientos Penales establece en el cuarto párrafo del artículo 121, que se otorgará un término que no excederá de diez días para que se desarrolle una defensa adecuada”.

Se agrega que si diferir la audiencia por parte de la defensa no es atribuible a su incapacidad o impericia técnica, se puede sospechar que estas solicitudes no son más que estrategias de dilación injustificada y que, por tanto, no tendrían que ser admitidas por el juez.

A lo anterior –se apunta en el documento- se suman posturas y declaraciones del juez de control “contrarias al principio de igualdad ante la ley, de igualdad entre las partes y a su deber de juzgar con perspectiva de género”.

De acuerdo a lo expuesto el juez ha establecido cargas procesales desproporcionadas a la Fiscalía, no así a la defensa ni al imputado. Consignan que en la audiencia del pasado 22 de octubre, el juez se dirigió a la Fiscalía, defensa y las víctimas indirectas y se dijo “preocupado” por hacer que la defensa se traslade “en vano de su lugar de residencia a la audiencia presencial, solo para solicitar diferirla, cuando hay pruebas faltantes”, y que, “no están tomando en consideración que quien está pagando con tiempo en prisión y está siendo privado de su libertad es el acusado”.

“Lo anterior es grave y preocupante, no solo porque no considera que las propias víctimas indirectas se trasladan desde Toluca, Estado de México, para presentarse a las audiencias; sino que exacerba la desigualdad formal y material entre las partes, entre el imputado -quien en su momento podrá solicitar que consideren el tiempo que pasó en prisión preventiva para calcular su pena-, y Zuleyma, víctima de feminicidio, daño que no puede ser reparado materialmente, ni en tiempo de vida ni en libertad”.

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