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Tribunal ratifica suspensión contra designación en la CEDH

FUENTE: Cb Televisión / Morelia / Redacción




Morelia, Michoacán.– La ruta legislativa para designar a la nueva persona titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) quedó nuevamente detenida, luego de que el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en materias Administrativa y de Trabajo, con sede en Morelia, resolviera como infundado el recurso de queja promovido por el Congreso local, en el expediente 205/2025.

Con esta resolución, adoptada por unanimidad en sesión extraordinaria celebrada este miércoles, se mantiene la suspensión provisional dictada dentro del juicio de amparo 815/2025, interpuesto por la funcionaria estatal y aspirante a la presidencia de la CEDH, Bárbara Ramírez Pedraza y litigado por el abogado Gumesindo García Morelos.

El tribunal consideró que existen elementos suficientes para presumir que el Congreso pudo incurrir en violencia de género al momento de emitir la convocatoria para relevar la presidencia de la CEDH.

Según el criterio de los magistrados, el Poder Legislativo no tomó en cuenta los principios establecidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), pese a que este tratado tiene jerarquía constitucional.

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Particularmente, se subrayó que nunca ha habido una mujer al frente del organismo y que el llamado legislativo no incluyó acciones afirmativas para asegurar condiciones equitativas en la participación.

Aunque Barbara Ramírez Pedraza presentó un escrito de desistimiento, la legislación en materia de amparo exige que este sea ratificado de manera personal ante el juzgado correspondiente, por lo que el juicio sigue su curso y la suspensión se mantiene vigente mientras no se cumpla ese requisito.

A pesar de esta restricción, las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos del Congreso ya han aprobado una terna de candidaturas para el cargo.

No obstante, el fallo judicial no impide el trabajo en comisiones, sino que frena cualquier nombramiento formal por parte del Pleno legislativo.

Este revés jurídico obliga al Congreso a revisar si el procedimiento observado hasta ahora cumple con los estándares de paridad y no discriminación.

Además, el fallo deja abierta la posibilidad de que otras mujeres que se consideren afectadas por las condiciones de la convocatoria puedan promover recursos similares, lo que pone en el centro del debate la necesidad de garantizar igualdad sustantiva en el acceso a cargos públicos, particularmente en instituciones encargadas de proteger los derechos humanos.




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