Ciudad de México

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este miércoles la condena civil del productor Luis de Llano por daño moral derivado del caso de abuso sexual denunciado por la cantante Sasha Sokol.

La sentencia, que niega un amparo directo interpuesto por De Llano, sienta un precedente importante, pues por primera vez el máximo Tribunal determina que no hay prescripción para que personas que fueron víctimas de abuso sexual cuando eran menores puedan presentar demandas civiles contra los responsables.

“Si se aplicaran los dos años para efectos de la prescripción y se fijara un criterio en ese sentido, tratándose de un hecho dañoso tan grave como el que nos ocupa, sin duda se violentarían los derechos de acceso a la justicia y justa indemnización de víctimas que sufrieron violencia sexual cuando eran menores”, dice la sentencia.

El proyecto de sentencia corresponde a la demanda por daño moral que Sokol presentó contra el productor Luis de Llano, a quien acusó de haberla abusado cuando ella tenía 14 años y él 39.

En ese sentido, la Suprema Corte confirmó la condena que obliga al productor a pagar una indemnización, ofrecer una disculpa pública, tomar un curso en prevención de abuso sexual, no volver a mencionarla y reparar el daño causado.

“Considerar lo contrario [aplicar la prescripción], implicaría que el juzgador analizara en cada caso, en qué momento la persona que sufrió la violencia sexual se reconoció como víctima, en qué momento tomó conciencia del daño sufrido; y además, determinar el momento a partir del cual tuvo la posibilidad de demandar, lo cual resulta sumamente complejo”, añade el fallo de la Corte.

En marzo de 2022, Luis de Llano declaró en una entrevista que tuvo una relación con Sasha Sokol cuando ella tenía 14 años y él era su productor. La cantante respondió en redes sociales que en realidad fue víctima de abuso y manipulación.

Como en ese momento no se reconocía legalmente la imprescriptibilidad de delitos contra menores, Sokol no pudo presentar una denuncia penal, pero lo demandó por daño moral en julio de ese año.

En mayo de 2023, un Juez civil declaró culpable a De Llano y le ordenó disculparse públicamente e indemnizar a Sokol. Una Sala Civil confirmó y amplió la condena, sumando la obligación de publicar la sentencia y tomar un curso de sensibilización.

El productor promovió un amparo alegando que las pruebas no fueron valoradas correctamente y que el tiempo legal para demandarlo había pasado.

En mayo de 2024 en Ciudad de México, el Congreso capitalino aprobó reformas al Código Penal capitalino para evitar que delitos sexuales contra menores de edad prescriban, por lo que las víctimas podrán acceder a la justicia aunque hayan pasado años luego de abusos cometidos en su contra.

Con información de Sin Embargo